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proceso:MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 14309 19 de diciembre, 2013 DFOE-PG-466 Doctora Ana Isabel Garita Vílchez Ministra MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ Estimada señor: Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2014 de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Contrato N.° 2526/OC-CR BID Ministerio de Justicia y Paz: “Programa para la Prevención de la Violencia y Promoción para la Inclusión Social-Ley 9025” Con la aprobación parcial de la Contraloría, se remite el presupuesto inicial 2014 de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Contrato N.°.2526/OC-CR BID Ministerio de Justicia y Paz: “Programa para la Prevención de la Violencia y Promoción para la Inclusión Social-Ley 9025”, por un monto de ¢11.440.304,0 miles, con el fin de que se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes. Sobre el particular, se indica lo siguiente: 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de su Ley orgánica N.° 7428, y otras leyes conexas. Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista el presupuesto inicial y el plan anual, que fueron aprobados por la Ministra de Justicia y Paz, según consta en el acuerdo N.° 170-2013 de 24 de setiembre 2013, y que fueran remitidos con el oficio N°. UEP-849-2013 de 30 de setiembre de 2013, así como información complementaria mediante el oficio N°. UEP-1068-2013 de 12 de noviembre 2013. El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las circunstancias, la normativa técnica que rige la materia, ...
Fecha publicación: 06/01/2014
Fecha emisión: 19/12/2013
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2013


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10992 10 de octubre, 2013 DCA-2519 Señora Adriana Collado Chaves Directora General Teatro Nacional de Costa Rica Estimada señora: Asunto: Se autoriza al Teatro Nacional de Costa Rica a realizar una contratación directa concursada para ejecutar varias obras necesarias para el adecuado funcionamiento del inmueble por un monto de ¢175 480 455.10. I. JUSTIFICACIÓN DE SU SOLICITUD Señala en su misiva que el adecuado mantenimiento y restauración del Teatro Nacional reviste una gran importancia si se considera que constituye un activo indispensable para ofrecer la presentación de obras artísticas y culturales del más alto nivel, así como la realización de actividades especiales y eventos del Estado, tales como cumbres y recepciones presidenciales. Agrega que en ese sentido, la Ley 8290 rescata la importancia de brindar el adecuado mantenimiento y restauración al edificio principal. Añade que en razón de una serie de cambios normativos de los últimos años, tales como adecuaciones para personas con discapacidad y disposiciones del Cuerpo de Bomberos, así como la necesidad de atender nuevas exigencias de espectáculos más novedosos y demandantes, se hace necesaria la actualización y adecuación tecnológica del escenario de la Sala Principal. En razón de lo anterior, desde el año 2011 se inició un anteproyecto de mejoras en toda la caja escénica con la asesoría de dos compañías norteamericanas, especialistas en mecánica teatral y acústica. Resalta que este proyecto busca el cumplimiento de tres objetivos claves: 1) Dotar al escenario del TNCR de una mecánica teatral que nunca llegó a tener 2) Optimizar el funcionamiento acústico de la caja escénica 3) Brindar sistemas de seguridad que permitan la salvaguarda de la vida humana y la protección del patrimonio cultural. Destaca que para lograr lo a ...
Fecha publicación: 13/10/2013
Fecha emisión: 10/10/2013
Documento: 10992-2013.pdf
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2013


DIVISIÓN JURÍDICA T: (506) 2501-8000 S: http://www.cgr.go.cr/ E: contraloría.general@cgr.go.cr F: (506) 2501-8100 Apdo. 1179-1000 San José, Costa Rica Al contestar refiérase Al oficio No. 8156 8 de agosto del 2013 DJ-0607-2013 Licenciada Miriam Calvo Quesada Auditora Interna Correos de Costa Rica mcalvo@.correos.go.cr Estimada señora: Asunto: Se atiende consulta sobre la utilización de vehículos de Correos de Costa Rica. Nos referimos a su oficio de fecha 21 de junio del 2013, mediante el cual consulta sobre la utilización de vehículos propiedad de esa Institución. I. OBJETO DE LA CONSULTA Consulta en relación con la nueva Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial en tanto indica en el artículo 236 que los vehículos de las instituciones descentralizadas deben llevar placa oficial lo siguiente: 1- Si los vehículos de Correos de Costa Rica como empresa pública sociedad anónima del Estado deben portar placas oficiales por ser consideradas parte de la organización descentralizada del Estado o si existen excepciones. 2- Si debe Correos de Costa Rica suprimir la asignación de vehículos de uso discrecional. 3- Si puede la empresa mantener los vehículos de uso discrecional asignados en caso de que las empresas públicas como sociedades anónimas del Estado no estén obligadas a portar placas oficiales. II. CONSIDERACIONES PRELIMINARES En primer lugar, señalamos que el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, se regula en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N° R-DC-197-2011), publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011. T: (506) 220-3120 S: http://www.cgr.go.cr/ E: inforcgr@cgr.go.cr F: (5 ...
Fecha publicación: 11/08/2013
Fecha emisión: 08/08/2013
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2013
Tesauro: Bienes Inmuebles, Empresas Publicas, Vehículos Discrecionales


R-DCA-262-2013 Contraloría General de la República. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas del quince de mayo de dos mil trece.---------------------------------------------------------------------------------- Recurso de reconsideración interpuesto por Guido Francisco Campos Campos en contra de la resolución R- DCA-234-2013 de nueve horas del dos de mayo de dos mil trece.------------------------------------------------------- RESULTANDO I- Mediante escrito presentado el 9 de mayo de 2013, el señor Campos Campos presentó recurso de reconsideración en contra de lo resuelto en la resolución R-DCA-234-2013 de las nueve horas del dos mayo de dos mil trece y, en lo que interesa, manifestó: que la resolución impugnada acoge la excepción de extemporaneidad de su recurso opuesta por el adjudicatario Luis Évora Castillo, lo cual considera injusto y violatorio del debido proceso. La resolución recurrida se fundamenta en el numeral 165 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el cual resulta inadecuado, toda vez que este despacho se toma atribuciones de reformar el referido reglamento, al no indicarse en esa articulación, lo que sustenta la resolución. Transcribe el artículo 165 del Reglamento de cita y luego señala que en esa disposición no se preceptúa que el recurso debe presentarse en el horario hábil del Despacho. Solo se hace referencia al caso específico del fax que si es enviado el último día del plazo, debe ingresar en su totalidad dentro del horario hábil del Despacho. Agrega que la Ley de Contratación Administrativa y/o su Reglamento no dice que deberá presentarse en el octavo piso de la Contraloría General. Si se observa, señala, es público y notorio que para llegar al octavo piso hay que ingresar al edificio, pasar la revisión y dar datos a los guardas que quitan tiempo, hay que ir a ascensores, esperar, subir y entregar el documento. Esas restricciones administrativas, de puro r ...
Fecha publicación: 21/05/2013
Fecha emisión: 16/05/2013
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2013


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Fecha publicación: 26/04/2013
Fecha emisión: 23/04/2013
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DESPACHO CONTRALOR
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2013


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 00061 FAX N°. 2272 - 0809 4 de enero, 2013 DFOE-DL-0005 Licenciado Allan Sevilla Mora Secretario del Concejo Municipal correo: allan.sevilla@curridabat.go.cr MMUUNNIICCIIPPAALLIIDDAADD DDEE CCUURRRRIIDDAABBAATT San José Estimado señor: Asunto: Atención de solicitud de aprobación del proceso de nombramiento por plazo indefinido del Auditor Interno de la Municipalidad de Curridabat. Con la indicación de que lo haga del conocimiento del Concejo Municipal en la sesión próxima al recibo de este oficio, se atiende su oficio N.° SCMC 482-12-2012 del 14 de diciembre de 2012, mediante el cual se solicita a la Contraloría General la aprobación del procedimiento público realizado para la contratación, a plazo indefinido, del Auditor Interno de esa Municipalidad. I. Sobre el nombramiento del Auditor y Subauditor internos De conformidad con lo dispuesto en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política en concordancia con los numerales 12 y 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N.° 7428 del 7 de setiembre de 1994, la Contraloría General es el órgano rector del Ordenamiento de Control y Fiscalización Superiores de la Hacienda Pública y tiene la facultad de emitir disposiciones, normas, políticas y directrices de acatamiento obligatorio, que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias. Esa facultad se encuentra reforzada por lo dispuesto en los artículos 3 y 29 de la Ley General de Control Interno, N.° 8292 del 31 de julio de 2002, que le otorgan la potestad para emitir lineamientos y disposiciones relacionadas con la definición de los requisitos correspondientes a los cargos de auditores y subauditore ...
Fecha publicación: 07/01/2013
Fecha emisión: 04/01/2013
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE PROCESO DE NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR Y SUBAUDITOR INTERNO
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2013


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 0010 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Licda. María del Carmen Redondo Solís 2 3 de enero, 2005 3 de enero, 2005 FOE-FEC-002 Licenciada María del Carmen Redondo Solís Gerente General INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO Estimada señora: Asunto: Comentarios relacionados con el Reglamento del Fondo de Garantías y Jubilaciones, aprobado por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. En atención a su oficio Nro. GG-368-2004 del 26 de noviembre del año anterior, recibido en esta oficina el 1º de diciembre siguiente, mediante el cual nos comunica el acuerdo firme, tomado por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, en el Artículo Único, de la Sesión Extraordinaria Nro. 5427, celebrada el 23 de noviembre de ese mismo año, en el que se aprueba el Reglamento del Régimen de Garantías y Jubilaciones, nos permitimos comunicarle lo siguiente: En el Capítulo IX (artículos 32 y siguientes) se crea un régimen de mutualidad “...cuyo fin principal será otorgar a los familiares de los miembros del Fondo beneficios económicos en caso de fallecimiento de éstos, o en vida, a los miembros del fondo que sean declarados en incapacidad total y permanente, en cuyo caso recibirán el beneficio económico una sola vez en el momento que demuestren su incapacidad”, sin embargo, tal y como se les manifestó en el oficio Nro. 0589 (FOE-FEC-034) de fecha 22 de enero del 2004, lo que dispone el artículo 45 de la Ley Orgánica del INVU es el establecimiento de un régimen especial de garantías y jubilaciones que cubra a los funcionarios y empleados del Instituto, lo cual difiere abiertamente con la creación de un régimen de mutualidad, el cual se instauró en el pasado, y se pretende ahora conservarlo en este nuevo Reglamento, sin ningú ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 03/01/2005
Documento: 00010-2005.DOC
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2005


1 2 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 09666 11 de agosto, 2005 DI-AA-1693 Licenciada Liliana Navarro Castillo Dirección Suministros Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados Pavas, San José Estimada señora: Asunto: Criterio sobre la cláusula de reajuste de precios del contrato para la “Sustitución de Redes de Distribución del Acueducto Metropolitano de San José-Tibás” suscrito con la empresa Fernández Vaglio Constructora S.A. (Licitación Pública Internacional No. 2004-0001) Como complemento a nuestro oficio No. 04407 del 20 de abril del 2005, mediante el cual se refrendó el supracitado contrato y se dejó para estudio la fórmula matemática de reajuste de precios, nos permitimos indicarle que, una vez realizado el estudio correspondiente, se aprueba el mecanismo de reajuste de precios contenido en la cláusula décima primera de ese contrato, por ajustarse a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Contratación Administrativa, el Voto No. 6432-98 de la Sala Constitucional y los lineamientos que sobre la materia ha emitido este Órgano Contralor. No obstante la anterior aprobación y con el objeto de perfeccionar la citada cláusula, condicionamos su aplicación a que la fórmula matemática del factor de reajuste de los salarios de los costos indirectos (Fmo) se lea correctamente como: Fmo = (iMOf/iMOo) - 1 Atentamente, Ing. Carlos Gutiérrez Schwanhäuser Fiscalizador CGS/hcha ci Archivo Central NI: 6938 2005001479 · Contratos ] ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 11/08/2005
Documento: 09666-2005.DOC
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2005


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 1456 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Lic. Federico Carrillo Zurcher 2 9 de febrero, 2005 9 de febrero, 2005 FOE-FEC-131 Licenciado Federico Carrillo Zürcher Ministro MINISTERIO DE HACIENDA Estimad señor : Asunto: Audiencia del oficio del Banco Nacional de Costa Rica sobre los alcances del artículo 6 de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública. Esta Contraloría General mediante el oficio Nro. 16412 (FOE-FEC-955) del 17 de diciembre del 2004, atendió una consulta de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER), sobre los alcances del artículo 6 de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública, respecto a las inversiones de las entidades públicas en los fondos de inversión, en donde se concluyó que: “...los entes y órganos públicos sujetos a la Ley Nro. 8299, no podrán invertir sus recursos en fondos de inversión, toda vez que ello implicaría incurrir en costos de administración e intermediación, así como participación indirecta en la compra y venta de títulos valores en el mercado secundario, todo lo cual está prohibido por la normativa vigente en esta materia”. Nuestra conclusión se fundamentó especialmente en el texto del artículo 6 de la Ley Nro. 8299, en el artículo 7 del Reglamento a dicha Ley (Decreto Ejecutivo Nro. 30803, en la Directriz Presidencial Nro. 7 del 27 de agosto del 2002, y en la posición del Ministerio de Hacienda, expuesta en los oficios Nros. DM-1851 del 18 de noviembre del 2004, suscrito por su persona, y TN-818-2004 del 3 de mayo del 2004, firmado por el señor Adrián Vargas, Tesorero Nacional, en los cuales se concluye que ninguna institución sujeta a las disposiciones de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública puede invertir sus recursos en fondos de inversión, ya que ello implicaría pagar comision ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 09/02/2005
Documento: 01456-2005.DOC
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2005


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 12007 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Lic. Marvin Rodríguez Calderón 2 7 de diciembre, 2004 27 de setiembre, 2005 FOE-FEC-782 MBA. Marvin Rodríguez Calderón Gerente General BPDC PENSIONES BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL Apdo: 2232-3000 HEREDIA Estimado señor: Asunto: Se autoriza para hacer uso de la provisión incluida en el presupuesto ordinario del 2005 y remanentes de la subpartida “Sueldo básico” y cargas sociales con el fin de hacer efectivo el aumento salarial del segundo semestre para los funcionarios de Popular Pensiones S.A. No referimos a su oficio Nro. PEN-1059-2005 del 20 de setiembre del año en curso, por medio del cual nos solicita autorización para hacer uso de la provisión incluida en el presupuesto ordinario del 2005, así como remanentes existentes en la subpartida de “Sueldo básico” y sus respectivas cargas sociales, con el fin de hacer efectivo el aumento salarial acordado por la Junta Directiva de esa Operadora en la sesión extraordinaria Nro. 195 del 14 de setiembre y que corresponde a un 6% al salario de todos puestos de esa empresa, con una vigencia a partir del 1 de julio. Al respecto nos permitimos indicarle que este Órgano Contralor está anuente a que se proceda según lo solicitado. Atentamente, MBA. Luis Fernando Campos Montes Gerente de Área LNC/MRM/mmr ci Junta Directiva-BPDC PENSIONES Auditoría Interna- BPDC PENSIONES Archivo Central (2) Expediente Ni: 21440 (m) P: 2005017855 ] ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 27/09/2005
Documento: 12007-2005.DOC
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES DE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2005